Solvencia II reformada aplica desde el 30 de enero de 2027
La Directiva 2025/2, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea en enero de 2025, se transpone en dos años y aplica desde el 30 de enero de 2027: reduce la tasa de costo de capital del margen de riesgo de 6 % a 4.75 %, introduce planes obligatorios de gestión del riesgo de liquidez, exige un ORSA macroprudencial y divulgación climática, y crea el régimen de recuperación y resolución para aseguradoras sistémicas. IFRS 17 rige desde enero de 2023 y DORA desde enero de 2025. América Latina es la región de seguros de mayor crecimiento: USD 215.1 mil millones en primas en 2024, 11 % de crecimiento anual compuesto entre 2019 y 2024, con una penetración de apenas 3.2 % del PIB frente a 7 % a 12 % en los mercados avanzados.
Implicación En México, la LISF y la CUSF alinean el régimen de solvencia con los tres pilares de Solvencia II, de modo que cada cambio europeo se lee aquí en clave de RCS, ORSA y régimen de inversión. La certificación de derivados para aseguradoras, reconocida por la CNSF en el Anexo 8.4.2 de la CUSF, cubre la operación y el riesgo de derivados; el Certified Insurance Risk & Strategy Professional, en desarrollo y sin reconocimiento regulatorio, cubrirá el perímetro completo: Solvencia II, LISF, CUSF, IFRS 17, suscripción, reaseguro y régimen de inversión.
